
Los ciudadanos podemos y debemos apoyar iniciativas que vayan en la dirección de asegurar en la Constitución el principio de subsidiaridad, el derecho a la vida del niño por nacer, el reconocimiento del matrimonio natural y de la familia, el derecho preferente de los padres de decidir respecto a la educación de sus hijos y la libertad religiosa.
Para apoyar estas iniciativas hay que entrar a la página web de la Secretaría de Participación Ciudadana.
Para firmar, se entra al link de cada una de las Iniciativas Populares de Norma (IPN), apoyar, iniciar sesión con el RUT y Clave Única, y confirmar. Hay que alcanzar la meta mínima de diez mil firmas al menos de cuatro regiones. Se puede firmar hasta diez IPN.
Hay premura, porque porque no es mucho el plazo: tenemos tiempo hasta el 7 de julio.
Los invitamos a firmar por estas Iniciativas populares de norma (IPN) para la eventual nueva Constitución, que buscan respetar y proteger los valores fundamentales de un orden político justo.
Creo que es fundamental asegurar los siguientes principios en el nuevo proyecto de Constitución:
1. Estado subsidiario, iniciativa N° 9591. Debe explicitarse la subsidiaridad para asegurar el derecho de los ciudadanos e instituciones intermedias a realizar aquellas iniciativas que les son propias y debidas. La subsidiaridad evita el peligro de un Estado avasallador, invasivo e impositivo.
2. Toda Vida Cuenta, iniciativa N° 3903. El más básico y fundamental de los derechos de la persona humana es el de la vida. Debe respetarse desde el instante de la concepción hasta el momento de la muerte natural.
3. Familia e Infancia, iniciativa N° 999. En el proyecto de la nueva Constitución se debe explicitar que el matrimonio es entre un hombre y una mujer, origen de la familia y ámbito natural del desarrollo de los hijos.
4. Por el Derecho Preferente de los Padres, iniciativa N° 1115. El orden natural de las cosas muestra que corresponde a los padres educar a los hijos y decidir acerca del proyecto educativo escolar. El Estado está obligado a proveer un sistema educacional conforme a la verdad de la persona humana y a su dignidad.
5. Libertad religiosa y de conciencia, iniciativa N° 1007. “Esta libertad consiste en que todos los hombres han de estar inmunes de coacción, tanto por parte de individuos como de grupos sociales y de cualquier potestad humana, y esto de tal manera que, en materia religiosa, ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella en privado y en público, sólo o asociado con otros, dentro de los límites debidos… Este derecho de la persona humana… ha de ser reconocido en el ordenamiento jurídico de la sociedad, de tal manera que llegue a convertirse en un derecho civil” (Dignitatis humanae 2).