(Dr. Juan Herrera Salazar – Fuente: bioética&debat, tomado de Catholic.net)
La objeción de conciencia: Podemos estudiarla como el rechazo al cumplimiento de determinadas normas jurídicas por ser éstas contrarias a las creencias éticas o religiosas de una persona.
La norma jurídica es una regla u ordenación del comportamiento humano dictado por la autoridad competente del caso, con un criterio de valor y cuyo incumplimiento trae consigo una sanción.
El gobierno español advierte a los médicos, que no podrán sustraerse al cumplimiento
.
Las normas jurídicas por lo general, imponen deberes y confieren derechos.Las normas jurídicas se diferencian de otras normas de conducta por su carácter heterónomo, es decir que es impuesto por otro.
Las normas jurídicas son de carácter bilateral (frente al sujeto obligado a cumplir la norma, existe otro facultado para exigir su cumplimiento), coercible (exigible por medio de sanciones tangibles) y externo (importa el cumplimiento de la norma, no el estar convencido de la misma).
Esta es la posición del gobierno español , en relación al tema que nos prestamos a debatir.
Trataremos de demostrar que esa postura está en contra de la de Declaración de los Derechos Humanos de 1948 .
Como ciudadanos no estamos obligados en conciencia a seguir las prescripciones de la autoridad civil cuando son contrarias a las exigencias del orden moral y a los derechos fundamentales de las personas. Si somos llamados a colaborar para realizar actos moralmente malos , tenemos la obligación de rehusarnos.
Las posturas iusnaturalistas consideran que existe un orden normativo superior al Derecho positivo, desde esta óptica la objeción de conciencia se define : como un derecho subjetivo a resistir los mandatos de la autoridad cuando contradicen los principios emanados del Derecho Natural, que respeta siempre el bien de la persona y el bien común.
Considérese el debate clásico: Lex Injusta non est lex .
Para el estudio de la objeción de conciencia , parece que el diagrama estructural siguiente entrelaza de un modo singular , lógico y pedagógico la temática en estudio:
I. Introducción
II. Definición
III. Historia
IV. Fundamento Etico
V. Fundamento Jurídico
Ley Moral Natural ( LMN )
Ley Positiva ( Derecho Positivo )
Axiologia
VI. Derecho Constitucional.
El diagrama estructural anterior ciertamente es un válido punto de partida, pero debe ampliarse, fundamentarse primero y auxiliarse de otras ciencias : ( antropología, gnoseología, metafísica racional y la axiología o filosofía de los valores ) , eventualmente para un debate abierto a lo trascendente, que considera nuestra naturaleza espiritual , la teología racional (teodicea) o de la revelación pueden auxilianos. Se requiere la intervención de expertos para aclararnos, las posiciones actuales más acreditadas.
Estamos claros de que lo que vamos a discutir es grave materia, por lo tanto no podemos aproximarnos de manera reduccionista a este debate, ya que el sujeto de nuestra discusión es el hombre mismo, mejor dicho los actos que un hombre realiza sobre otro hombre, uno elimina a otro, en nombre propio o de la sociedad.
Por eso creemos que para defender nuestro derecho de Objeción de Conciencia en relación al aborto debemos proponer un diagrama estructural más amplio que permita, libre de la emotividad , de los sesgos ideológicos, debatir por vía racional, en una atmósfera serena de diálogo.
En primer lugar este tema, debe ser estudiado como un problema antropológico. La perspectiva que adoptemos servirá para fundamentar las argumentaciones éticas, o el modelo bioético que adoptemos para expresar nuestro juicio ético .
El Problema Moral es un Problema Antropólogico.
Esto nos lleva a hablar de las antropologías de referencia, por motivos de espacio nos limitaremos a mencionar:
1.Antropología dualismo clásico de Platón
2.Antropología racionalista ( Dualismo cartesiano)
3.Antropología personalista ( Reflexión escolástica, patrística).
El estudio de la antropología nos conduce al problema gnoseológico , al reconocimiento del dato antropólogico. ¿ Quien es la la persona humana ?, estatuto epistemológico del embrión, reconocimiento de la persona humana del embrión. Utilizando un método triangular ( triangulación) que confronta los datos biológicos y los valores en juego ( ética) , haremos la síntesis de carácter filosófico, que nos prepara para emitir un juicio y decir la verdad que manifiesta la conciencia. En el pensamiento clásico : Coscienza, scire cum, conocer junto a. Cum se refiere a una verdad que se apoya en el testimonio de dos personas. Se manifiesta cuando advertimos la voz interior que llamamos conciencia, y que sentimos como la voz de otra persona que nos llama al Bien y a lo Verdadero, dejándonos libres de someternos al imperio de la razón o al contrario adoptar un interés particular o propio. Opción Fundamental del Ser Humano.
La opción fundamental del ser humano se define como: la actitud humana primordial en la que la persona asume consciente, libre, y progresivamente la realidad total de su propio ser, constituyendo y configurando así su propia personalidad humano moral, realizando su personalidad que persigue el fin último, confiriendo al conjunto de su existencia una orientación básica, e insertándose de modo efectivo en un contexto socio cultural y en la evolución histórica consiguiente [1] F.Herráez
Los elementos que integran esta opción:
1.Desde un punto de vista humano: ( captado con la razón ) Comprensión de la realidad global, que en plena libertad da una orientación profunda y dinámica de nuestra vida. El hombre toma decisiones serias basado en un profundo conocimiento o convicción de un ideal, que se nos presenta claro y determinante. Esta decisión debe ir acompañada de una libertad básica de tal suerte que la decisión se tome en lo más íntimo de la persona, sin interferencias de ningún tipo.
Cualquier decisión de la vida, como ser médico, pastor, maestro, artista, si no se hace por una verdadera vocación e ideal no es profunda.
La opción fundamental da un sentido de unidad y orientación a la vida, ya que en ella se unifican todos los valores.
Es una violación de los derechos humanos obligar a alguien a realizar actos malos , o que van en contra de su propia opción fundamental.
La opción fundamental necesita consolidarse y supone un esfuerzo, atención y ascesis continua.
Por esto la virtud no es indiferencia estoica, ni hábito mecánico; es fuerza espiritual que lleva a la persona al perfeccionamiento gozoso. La virtud es posible cuando existe auténtica captación del valor.
Max Schiller : concebir la virtud como hábito o respuesta a deberes impuestos, privaría a la virtud de toda creatividad . Es así que nuestros actos cotidianos configuran nuestra opción fundamental, sólo asi podemos autoposeernos, realizarnos . [2] B. Häring
2. Para los hombres abiertos a lo trascendente: ( captado con la metafísica racional, teología , religión ). Se trata de reconocer y aceptar a Dios en la raíz de nuestro ser y de nuestra existencia.
Esta relación con Dios, nos lleva a descubrir al otro, como persona e hijo de Dios.
Esta fe confiere un sentido global a la vida y un dinamismo a través del cuál se explican nuestras actitudes.
Podemos adoptar una posición ética elaborada por la razón, conciliables con la Opción Fundamental: ( ética de la virtud , ética deontológica de Kant, éticas teleológicas).
También podemos adoptar una posición ética igualmente racional , pero que puede estar en contraste con la Opción Fundamental del ser humano : éticas utilitaristas, liberal radicales , relativistas.
Podemos con una visión más integrativa utilizar los modelos bioéticos: Personalista, ontológicamente fundamentado ( compatible con la opción fundamental, que busca su fin último, el Bien y la Verdad, para realizar el bien personal y el bien común. ) otros modelos:
Socio-biologista.
Subjetivo liberal radical.
Prágmaticos – utilitaristas.
Modelos que son compatibles con las llamadas Opciónes Fundamentales Infructuosas del individualismo, utilitarismo, porque no llevan a la realización de la persona, no persiguen su bienestar y no realizan el bien común.
La persona puede ser considerada como medio para la realización de un fin, y no fin en sí mismo.
Si nos referimos al aborto, debemos recordar que los actos que lo llevan a término pueden ir en contra de la opción fundamental de la persona humana ( fructuosa), que siendo virtuosa los considera malos, el acto que motiva la objeción de conciencia se realiza , sobre una persona humana, la realiza una persona sobre otra persona, una suprime a la otra , o como podría pretender el Estado, que alguien la suprima en su nombre , obligándolo con una norma jurídica , o disposición .
Si vamos a defender el derecho de Objeción de Conciencia en relación al problema del aborto en cualquier parte del mundo debemos pedir a la Autoridad Política de todas las latitudes por ej: pedir a las autoridades políticas la creación de un registro de médicos y sanitarios que quieran objetar a la futura ley del aborto por motivos éticos o morales, y que no considere a los objetores perseguibles con sanciones tangibles.
Para defender nuestro derecho comencemos explicando el problema moral del acto malo ( realizar el aborto en contra de mi propia voluntad ) y del acto bueno (objeción de conciencia), estudiando los factores intrínsecos de la moralidad : objeto, fin y circunstancias ( finis operis, finis operationis , finis operantis ), de manera que la razón, examine detalladamente, vuelva una y otra vez sobre sí misma examine las circunstancias ( agravantes, atenuantes, moralizantes y que especifican el acto ), es decir resolver si la Objeción de Conciencia es legítima, defensa legítima ante el atentado violatorio de los derechos humanos , que voceros de la autoridad política de cualquier país expresen como Caamaño : no cabe la objeción de conciencia » en relación con este asunto porque conllevaría un acto de «desobediciencia civil» y que un creciente número de médicos y profesionales sanitarios planteamos, como defensa única para evitar nuestra propia disolución antropológica, sobre todo que como médicos que optamos por una Opción Fundamental que sigue el principio de inviolabilidad y sacralidad de la vida, que nos obliga al respeto incondicional de la vida, en cualquier estadio , condición y desarrollo que se encuentre.
Con esto queremos manifestarle a la autoridad política de todas las latitudes que entre la opción fundamental y los actos concretos existe una implicación y dependencia recíprocas.
Estos actos son las mediaciones necesarias de aquella decisión nuclear, que tomamos al ser juramentados como médicos, en respuesta al llamado vocare , vocación que nos hizo médicos con estas convicciones profundas.
No es permisible que la autoridad política en cualquier latitud nos imponga una disolución antropológica, en todo caso , sabemos que se puede resistir.
La opción fundamental vivifica, penetra y unifica los actos, enmarcándolos en la unidad de la persona, no nos pueden obligar a disolver nuestra persona , realizando actos malos en contra de nuestra voluntad.
La opción fundamental abarca y penetra todos los actos, transcendiéndolos.
No se le puede permitir a la autoridad política en cualquier latitud que nos obligue a realizar actos, contrarios a nuestra opción fundamental, que nos llevaría como hombres, a vivir de una manera dispersa y a nuestra autodestrucción.
Nuestra opción fundamental, tiene un origen en el tiempo, necesitó de un período de maduración , hoy en nosotros ya médicos es nuclear y básica.
Para completar el diagrama estructural para el estudio de la objeción de conciencia, vale la pena hacer unas anotaciones complementarias, para invitar a sumarse a cada uno de los especialistas , demos respuestas a la temática y a la autoridad política quede clara nuestra posición al respecto, posición abierta al dialogo, en busca del bien y la verdad con sinceros deseos de realizar el bien propio de la persona y el bien común.
Apéndice al diagrama estructural para el estudio de la Objeción de Conciencia:
La Conciencia
1.Persona humana y conciencia.
2.El juicio de la conciencia.
3.Declaración de los derechos y la conciencia humana.
4.Conciencia y la verdad de la sociedad.
5.Leyes injustas y problemas de conciencia.
6.Leyes injusta y objeción de conciencia.
7.Libertad de conciencia.
8.Ley universal y conciencia de la humanidad
9.Los Objetores de conciencia.
10.Libertad de conciencia y bien de la sociedad.
Las anotaciones anteriores tienen la finalidad de invitar a los profesionales de todos los saberes y filósofos nos den insumos para la reflexión .
El objetivo de esta presentación y del diagrama estructural propuesto , es defender nuestro derecho a la objeción de conciencia por vía racional, para que el debate propicie un dialogo sereno, abierto a toda la sociedad civil y política.
Creemos oportuno agregar algunos puntos que tienen que ver con el derecho constitucional
1.Objeción de conciencia , derecho humano.
2.Derecho Natural y Derecho Positivo.
3.Derechos humanos y Derecho Positivo.
4.Derecho a la resistencia y Derecho Natural.
No puedo terminar la presentación de este diagrama estructural sin reconocer los limites autoimpuestos , mi propia insuficiencia cultural , pero con la seguridad de querer ampliar el debate, e invitar a la Asociación Médica Mundial y a otros profesionales que trabajan en los campos del saber específico, para que nos auxilien, con su metodología científica, seria, racional, abierta a lo trascendente, no reduccionista como diría K. Popper, alejada de toda emotividad y de sesgos ideológicos, para que en un diálogo sereno , aportemos a la convivencia un granito de arena que contribuya a la paz.